Capítulo 38
CONCURSO DE PROYECTO PARA LA VELADA
Don Agustín Acedo del olmo, Alcalde Constitucional de
esta Villa.
HAGO
SABER: Que acordado por el Ayuntamiento de mi presidencia sacar a concurso
la presentación de un proyecto, con su respectivo presupuesto, para el exorno
de la Velada que se celebra anualmente en esta Villa en el mes de julio, se
hace público por medio del presente con objeto de que los que deseen tomar
parte en el referido concurso lo verifiquen dentro del plazo de treinta días a
contar desde la fecha actual, con sujeción a las bases siguientes:
El proyecto y presupuesto de que queda
hecha mansión se concretará a:
Sesenta arcos destinados a servir de
fachada a igual número de puestos para feriantes, con la altura máxima posible
y a proporcionada anchura.
100
berlingas para colocación de gallardetes y banderas, de altura máxima y del
más reducido grueso, con objeto de que resulten con la mayor esbeltez posible.
Una
caseta destinada a bailes y conciertos, con cuatro frentes y dos entradas.
Dos kioscos
para bandas de música.
Dos
arcos de ingreso en el paseo de la Velada. Uno con un ancho de 7 metros y
20 centímetros y otro con 12 metros.
Las expresadas construcciones serán de
madera, con el herraje necesario para la mayor solidez y elegancia de las
mismas.
En los presupuestos se consignarán los
gastos de construcción y pintura, así como el del exorno de la Caseta,
excepción hecha de su mobiliario y alumbrado.
También comprenderán los presupuestos los
gastos de instalación de la Velada,
teniéndose en cuenta que además han de
colocarse en ella los 42 arcos que
posee el Municipio con destino a la iluminación del paseo.
Los presupuestos han de presentarse
perfectamente clasificados y detallados. Se admitirán proporciones así
generales como parciales, quedando el Ayuntamiento en libertad de elegir los
proyectos que mejor estime convenirles. El proyecto elegido se someterá para su
ejecución a la subasta correspondiente, reservándosele al autor los derechos de
preferencia y de tanteo que legalmente le correspondan. En caso de no
adjudicársele al autor la ejecución de las obras, el rematante quedará obligado
a satisfacerle los gastos de la formación del proyecto y presupuesto que sirvan
de base para la instalación de la Velada. El
precio total de las construcciones y obras expresadas no habrá de exceder de la
suma de 10.000 pts, al menos que para el pago del importe total del
presupuesto presentado se ofrezcan facilidades para que el abono se efectúe en
diversos periodos, con las garantías suficientes para el exacto y puntual
cumplimiento de lo que se pactare.
Lo que se anuncia para la general
inteligencia, en
La Línea de la Concepción 9 de Febrero de 1895.