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domingo, 24 de febrero de 2013

Concurso de proyectos para la Velada 1895

Capítulo 38





CONCURSO DE PROYECTO PARA LA VELADA


Don Agustín Acedo del olmo, Alcalde Constitucional de esta Villa.

    HAGO SABER: Que acordado por el Ayuntamiento de mi presidencia sacar a concurso la presentación de un proyecto, con su respectivo presupuesto, para el exorno de la Velada que se celebra anualmente en esta Villa en el mes de julio, se hace público por medio del presente con objeto de que los que deseen tomar parte en el referido concurso lo verifiquen dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha actual, con sujeción a las bases siguientes:

    El proyecto y presupuesto de que queda hecha mansión se concretará a:

    Sesenta arcos destinados a servir de fachada a igual número de puestos para feriantes, con la altura máxima posible y a proporcionada anchura.

    100 berlingas para colocación de gallardetes y banderas, de altura máxima y del más reducido grueso, con objeto de que resulten con la mayor esbeltez posible.

    Una caseta destinada a bailes y conciertos, con cuatro frentes y dos entradas.

    Dos kioscos para bandas de música.

    Dos arcos de ingreso en el paseo de la Velada. Uno con un ancho de 7 metros y 20 centímetros y otro con 12 metros.

    Las expresadas construcciones serán de madera, con el herraje necesario para la mayor solidez y elegancia de las mismas.

    En los presupuestos se consignarán los gastos de construcción y pintura, así como el del exorno de la Caseta, excepción hecha de su mobiliario y alumbrado.

    También comprenderán los presupuestos los gastos de  instalación de la Velada, teniéndose  en cuenta que además han de colocarse en ella los 42 arcos que posee el Municipio con destino a la iluminación del paseo.

    Los presupuestos han de presentarse perfectamente clasificados y detallados. Se admitirán proporciones así generales como parciales, quedando el Ayuntamiento en libertad de elegir los proyectos que mejor estime convenirles. El proyecto elegido se someterá para su ejecución a la subasta correspondiente, reservándosele al autor los derechos de preferencia y de tanteo que legalmente le correspondan. En caso de no adjudicársele al autor la ejecución de las obras, el rematante quedará obligado a satisfacerle los gastos de la formación del proyecto y presupuesto que sirvan de base para la instalación de la Velada. El precio total de las construcciones y obras expresadas no habrá de exceder de la suma de 10.000 pts, al menos que para el pago del importe total del presupuesto presentado se ofrezcan facilidades para que el abono se efectúe en diversos periodos, con las garantías suficientes para el exacto y puntual cumplimiento de lo que se pactare.

    Lo que se anuncia para la general inteligencia, en

                    La Línea de la Concepción 9 de Febrero de 1895.